Gobiernos Territoriales de la Nación Wampís y Awajun a través de pronunciamiento conjunto condenan decisiones del Tribunal Constitucional que atentan contra derechos de naciones originarias

Ojos ciegos y oídos sordos. Las autoridades del estado peruano siguen negando y vulnerando los derechos de las naciones originarias y campesinas que tienen amparo en los instrumentos y tratados internacionales.

Redacción: Evaristo Pujupat Shirap  

GTANW Comunicaciones, 05 marzo.- Los Gobiernos Territoriales de la Nación Wampís y Awajun  a través del pronunciamiento conjunto con fecha del 5 de marzo de 2022, condenan enfáticamente sobre las medidas adoptadas y decisiones emitidas por los magistrados de la sala dos del  Tribunal Constitucional (TC), en los votos singulares de los magistrados Blume Fortini, Ferrero Costa y Sardón de Taboada en la segunda sentencia 03066-2019 PA/TC, relativa al amparo presentado por las comunidades campesinas quechuas de Puno (Chila Chambilla y Chila Pucura), según la cual el derecho a la consulta previa no sería un derecho fundamental y que el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) no tendría rango constitucional.

En relación con la sentencia, antes citada, los Gobierno Territoriales destacan acerca de los pueblos indígenas que tal decisión del Tribunal Constitucional es una amenaza sobre los derechos fundamentales reconocidos internacionalmente en el marco del convenio 169 de la OIT, en sus artículos 2 y 6 de la Ley N° 29785 aprobada por el Estado peruano. Además afirman la falta de reconocimiento de dichos instrumentos se vuelve cada vez más un sentido de retroceso en el desarrollo jurídico en favor de los pueblos indígenas.

El territorio integral que ocupamos es nuestro, por herencia ancestral. La especial relación que los pueblos originarios tenemos con la tierra es reconocida y protegida por varios convenios internacionales (convenio 169 OIT, Declaración de las Naciones Unidas y Declaración Americana sobre los derechos de los pueblos indígenas) señalan los Pamuks y líderes de las naciones originarias.

Además, hacen referencia sobre los fundamentos de la constitución política del Perú que en los artículos 3, 55 y cuarta disposición complementaria, transitoria y final (DCTF) reconoce a todos los tratados y convenios internacionales de derechos humanos con rango constitucional. Así también establecido en reiterada jurisprudencia del mismo TC (STS.N.00025-2005-PI/TC y 00026-2005-PI/TC).

Han explicado claramente que el TC ha reconocido que los convenios internacionales complementan la normativa constitucional sobre los pueblos y a su vez protege los derechos fundamentales y las garantías institucionales de los pueblos indígenas y sus integrantes (STC 00022-2009-PI).

Los Gobiernos Autónomos ante esta situación se ven obligados a pronunciarse sobre la posibilidad de postura sesgada y retrógrada del TC en relación con el proceso de amparo relativo al Lote 116 ubicado en la provincia Condorcanqui, Región Amazonas. En efecto, la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante sentencia, con calidad de cosa juzgada, suspendió las actividades del Lote 116 por la falta de aplicación del derecho a la consulta previa.

“Sin embargo, el estado ha impugnado esta sentencia mediante un amparo y ahora el caso está a punto de ser resuelto por el TC. En este sentido, el desconocimiento por parte del TC respecto del derecho a la consulta previa pondría en riesgo todos los derechos por los que hemos luchado y que nos han sido reconocidos por el Poder Judicial”, se afirma en el pronunciamiento.

El Gobierno Territorial Autónomo de la Nación Wampís se mantiene firme en defender su sistema de gobernanza territorial autónoma, y no simpatiza con las consultas previas, cuando una actividad de cualquier tipo pone o involucra la vida humana, como es el caso de los proyectos extractivos de cualquier tipo.

Nación Wampís establece su política territorial autónoma de acuerdo a su propio sistema de gobernanza que guía hacia el logro de tarimat pujut (buen vivir) y sus estamentos de decisión política.

Nota

El Gobierno Wampís convoca la asamblea extraordinaria a partir de 27 de 30 de marzo de 2022. En este evento se tratará los problemas territoriales y otras agendas relacionado a la gestión del Gobierno Autónomo.


Se puede observar el pronunciamiento a continuación o descargar del siguiente enlace

PRONUN-GTAA-Y-GTANW-FRENTE-AL-TC

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